Diario del Caquetá, El periódico de los Caqueteños

Mediante el Decreto 00064 del 29 de enero del 2021 y en concordancia con el Decreto No. 039 del 14 de enero de 2021 por el cual el gobierno Nacional impartió instrucciones para mantener el orden público en virtud de la emergencia generada por la pandemia del COVID-19 y garantizar el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsables, el alcalde de la administración municipal “Florencia, biodiversidad para todos” Luís Antonio Ruíz Cicery, con autorización del Ministerio del Interior, modificó parcialmente los parágrafos 1 y 2 del artículo 1o y el parágrafo 4o del artículo 2o del Decreto 00037 del 17 de enero del 2021.

En ese contexto, los parágrafos modificados del artículo 1o establecen, que el pico y cédula será exigido en el horario de 6:00 A. M a las 6:00 P.M y consecuentemente, a partir de las 6:00 de la tarde hasta la hora   de cierre de los establecimientos, no se exigirá   el cumplimiento del pico y cédula establecido. Así mismo, la atención presencial en los establecimientos de comercio los días lunes, martes, miércoles, jueves y domingo será desde las 6:00 de la mañana hasta la hora 00:00 y los días viernes y sábados la atención al público la prestarán desde las 6:00 A. M hasta las 2:00 de la madrugada   del día siguiente.

Por su parte, el parágrafo 4o del artículo 2o establece, que los establecimientos de comercio   que brinden atención presencial y que se encuentren incumpliendo los protocolos de bioseguridad establecidos por el municipio de Florencia, le será revocado la viabilidad otorgada para la atención de público.

El Decreto 00064 rige a partir de la fecha de expedición   y   se publicará en la página institucional de la alcaldía Municipal de Florencia y tendrá vigencia únicamente para la fecha y horario previsto en presente decreto.

Cortesía: Prensa Alcaldía Florencia

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